En este artículo expondremos información sobre seguros de deceso, en forma de cuestionario con las preguntas y respuestas que más suelen preocupar a los futuros asegurados.
Seguros deceso: informacion
- Una vez contratado un seguro de decesos, ¿hay algún tipo de carencia?
Puede haber, aunque no es lo normal, un plazo de carencia, al contratar estos seguros, que es un periodo desde que se firma el contrato hasta que la aseguradora comienza a dar coberturas. De existir, constará en el contrato y el asegurado deberá adaptarse a lo pactado.
- ¿Existe edad mínima y/o máxima para contratar un seguro de decesos?
No, sin embargo, a mayor edad, más caro saldrá el seguro, ya que la probabilidad de que ocurra el siniestro a cubrir lógicamente es más alta.
- ¿Es posible rescatar el dinero invertido en el cen algún momento?
Por lo general, este tipo de contratos no se entienden como una inversión, por lo que no existirá posibilidad de rescatar lo pagado.
- Si se fallece fuera de España, ¿el seguro de decesos lo cubrirá?
Según el contenido de la poliza. Normalmente, las compañías aseguradoras suelen dar la cobertura fuera de las fronteras de España, aunque siempre es posible encontrar alguna excepción. Esta limitación es necesario que tenga constancia en las condiciones generales y particulares de la póliza que se haya contratado.
- ¿Cuáles son las coberturas que debe tener un seguro de decesos?
Siempre van a depender de las que se contraten. El servicio funerario es por lo que se empieza a contratar, así como posibles características del mismo o transporte del finado.
- ¿Qué datos se debería de aportar un asegurado que reclame a la Comisión Liquidadora porque su compañía de seguros ha quebrado?
Se deberán detallar los datos personales del asegurado, número de póliza y fecha de vigencia de la misma, copia del recibo abonado y copia del DNI.
- Si una compañía de seguros de decesos quiebra. ¿Qué se deberá hacer?
Una declaración de liquidación de una compañía aseguradora la acordarán el Ministerio de Economía y Hacienda, la Dirección General de Seguros, y debe publicarse mediante Orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y también en dos periódicos de difusión que operen en el territorio nacional.
Una vez se acuerde la liquidación, se abrirá un periodo convocando a todos los acreedores, asegurados... para que en el plazo de un mes formulen la reclamación de sus créditos. La reclamación será presentada ante la Comisión Liquidadora de Entidades Aseguradoras. En la Orden de Liquidación de la compañía también quedará establecido el plazo de vigencia que tendrán los seguros y, consecuentemente, a partir de la fecha indicada, los asegurados deberán formalizar sus seguros con otra compañía distinta, ya que ninguna póliza les estará cubriendo.
- ¿Es posible negarse a prorrogar el contrato con la compañia aseguradora de decesos?
Tanto por parte de la compañía como por parte del asegurado, pueden oponerse a que el contrato siga, ahora bien, deben cumplir el requisito de hacerlo a través de una comunicación escrita, certificada y con acuse de recibo con una antelación de 2 meses antes de que concluya el periodo de vigencia del contrato.
- ¿Qué información es la que tiene que aparecer en la póliza de un seguro de decesos?.
La póliza es el documento por medio del cuál se prueba la existencia de un contrato de seguro y es en ella en donde quedarán recogidas las condiciones y acuerdos que contiene el mismo. Con la póliza, se entregarán las condiciones generales, las condiciones particulares y los suplementos.
Si el contrato se ha realizado a través de una Mutualidad, la Ley dicta que es obligado entregar junto a la póliza un ejemplar de los Estatutos de la misma. En la póliza se han de destacar las cláusulas limitativas o perjudiciales para los derechos del asegurado. Los asegurados, deberán ser expresamente aceptados por escrito.
- ¿Qué es exactamente una propuesta de seguro de decesos?
Este documento es emitido por una entidad en base a la solicitud del asegurado que puede haber sido verbal o escrita, recogiendo la propuesta económica. Su carácter es vinculante con una duración de 15 días para el asegurador. Una vez se acepte, la póliza se emitirá en un plazo que puede variar de 20 días a un mes, que cumplirá con las condiciones que se han indicado en la propuesta de seguro de deceso.
- ¿En qué consiste la solicitud de seguro de decesos?
Esta solicitud es un documento a través del cual la persona que vaya a ser asegurada, solicita al asegurador la cobertura en cuanto a un riesgo determinado. No va a vincular al asegurado.





